Ruffo Appel y el fin de la impunidad

Héctor O. Carriedo
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Durante décadas, la corrupción política en México tuvo un aliado silencioso pero eficaz: la impunidad. Las investigaciones se prolongaban indefinidamente, los expedientes se desvanecían entre recursos legales y los responsables rara vez enfrentaban una sentencia. Ese modelo comenzó a cambiar en 2019, año en que por iniciativa del presidente López Obrador el Congreso de la Unión reformó el artículo 19 de la Constitución para incorporar diversos delitos de corrupción, robo de hidrocarburos y otros ilícitos de alto impacto al catálogo de conductas sujetas a prisión preventiva oficiosa. La reforma respondió a una exigencia social: impedir que quienes enfrentaran acusaciones por delitos que lesionan gravemente el patrimonio de la nación eludieran con facilidad la acción de la justicia mientras se desarrollaban las investigaciones.

Aquella reforma no fue un simple endurecimiento de las medidas cautelares, más bien representó un cambio de paradigma: reconocer que la gran corrupción no constituye una irregularidad administrativa, sino una amenaza para el Estado, las finanzas públicas y la confianza ciudadana. El mensaje fue claro: el poder político o económico no debe seguir siendo un escudo frente a la ley.

Ese cambio constitucional se ha complementado con el fortalecimiento de las capacidades de investigación del Estado. La Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) ha ampliado el uso de inteligencia patrimonial y financiera para detectar operaciones ilícitas, triangulación de recursos y redes de lavado de dinero, mientras que la Fiscalía General de la República (FGR), con Ernestina Godoy al frente, enfrenta el reto de convertir esa información en investigaciones sólidas, judicializaciones exitosas y sentencias firmes.

El caso de Ernesto Ruffo Appel constituye una prueba decisiva de ese nuevo modelo institucional. De acuerdo con la FGR, la detención del exgobernador de Baja California es el resultado de una investigación federal de alta complejidad desarrollada durante más de un año, en la que se realizaron análisis ministeriales, financieros, fiscales, aduaneros, ferroviarios y periciales, todo lo cual devino en la obtención de órdenes judiciales de aprehensión y en la presentación de cerca de un centenar de datos de prueba durante la audiencia inicial.

La FGR atribuye a Ruffo Appel y a otros imputados su presunta participación en una red dedicada al contrabando de hidrocarburos y delincuencia organizada, relacionada con operaciones de «huachicol fiscal» mediante la importación irregular de combustibles y la evasión del pago de impuestos. La investigación también vincula a empresas utilizadas para facilitar esas operaciones.

La solidez del caso también se refleja en que la actuación de la Fiscalía no se limitó a Ernesto Ruffo Appel, toda vez que, como parte del mismo operativo, fueron detenidas otras personas presuntamente implicadas en la red investigada, entre ellas empresarios, representantes de empresas y presuntos operadores relacionados con la red de contrabando de hidrocarburos y delincuencia organizada. Ello refuerza que la investigación no se construyó alrededor de un solo personaje, sino más bien en desarticular una organización delincuencial mediante una indagatoria integral, sustentada en evidencia financiera, fiscal, documental y pericial recabada durante más de un año. Corresponderá ahora a los tribunales determinar la responsabilidad individual de cada imputado conforme a las pruebas presentadas por la Fiscalía.

Precisamente por ello, el Estado mexicano no puede conformarse con la relevancia de una detención. La credibilidad del combate a la corrupción también depende de que la Fiscalía sea capaz de sostener jurídicamente sus acusaciones hasta obtener una sentencia, si las pruebas lo ameritan.

En ese contexto, resulta prematuro y jurídicamente insostenible afirmar que Ruffo Appel es un «preso político» o que su caso constituye un ejemplo de justicia selectiva. Esa narrativa busca trasladar el debate de los tribunales al terreno de la confrontación partidista. En un Estado constitucional, la condición de opositor no confiere inmunidad frente a una investigación penal, del mismo modo que pertenecer al partido gobernante tampoco debe significar impunidad.

La persecución política no se acredita con discursos, sino con pruebas de fabricación de delitos, manipulación de evidencia o violaciones sistemáticas al debido proceso. Hasta ahora, la Fiscalía sostiene que el caso descansa en una investigación prolongada, evidencia documental, pericial y financiera, y decisiones autorizadas por el Poder Judicial. Será precisamente el proceso judicial el que determine la fortaleza o debilidad de esas imputaciones.

Quienes hoy hablan de justicia selectiva olvidan que la igualdad ante la ley exige exactamente lo contrario: investigar y procesar a cualquier persona respecto de la cual existan elementos suficientes, con independencia de su filiación política, su trayectoria pública o su influencia económica. La mejor manera de desmentir cualquier sospecha de parcialidad no es detener investigaciones, sino aplicar el mismo estándar a todos los casos de corrupción, sin excepciones.

El expediente Ruffo Appel puede convertirse en un parteaguas. Si la Fiscalía acredita plenamente sus imputaciones, el Estado mexicano tiene la responsabilidad de llevar el proceso hasta una sentencia condenatoria. Solo así la reforma constitucional de 2019 demostrará que fue mucho más que un cambio de texto: será la confirmación de que la corrupción dejó de ser un privilegio protegido por el poder para convertirse en un delito perseguido con todo el peso de la ley. Porque la verdadera transformación de la justicia no se mide por el número de detenciones, sino por el fin de la impunidad.

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