Poder Central. El uso del dinero en la elección del Poder Judicial: tejes y manejes

Carlos Graciano
111 vistas

Si un tema será una limitante para la difusión y socialización de los perfiles de candidatas y candidatos a personas juzgadoras, será el tema del dinero, porque de acuerdo a los lineamientos generales publicados en el decreto del Diario Oficial de la Federación del 14 de octubre de 2024, que fija las reglas para la elección de jueces, ministros y magistrados, queda establecido que será el Consejo General del INE quien emita los lineamientos para la fiscalización de esta elección y define que los gastos no podrán exceder el límite de aportaciones individuales de candidaturas independientes a diputaciones, lo cual de acuerdo al INE para la elección del 2024, es una suma que asciende a  $220,326.20 pesos, aclarando también, en el artículo 526 de dicho decreto que “el Consejo General vigilará que ningún partido político, persona servidora ni institución públicas realicen erogaciones a favor o en contra de las personas candidatas”. 

Con respecto de los topes de gastos de campaña mencionados, estos dependerán del tipo de elección de la que se trate; señalando que “la elección de las personas ministras de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, magistradas de la Sala Superior del Tribunal Electoral y magistradas del Tribunal de Disciplina Judicial se realizará a nivel nacional” mientras que “las personas magistradas de los Tribunales Colegiados de Circuito y Tribunales Colegiados de Apelación, así como las personas juezas integrantes de los Juzgados de Distrito del Poder Judicial, serán electas por circuito judicial”. Por su parte, “las personas magistradas integrantes de las Salas Regionales del Tribunal Electoral serán electas por circunscripción plurinominal, acorde a la residencia de éstas. Las personas magistradas y juezas de los poderes judiciales de las entidades federativas serán electas dentro del marco geográfico que al efecto determinen sus constituciones y leyes locales”. 

Para profundizar en el control del uso del dinero en estas campañas próximas a ocurrir, se estipula que el INE va a poder ejercer supervisión hacia las personas candidatas para corroborar “la evolución de su situación patrimonial, incluyendo la de sus cónyuges, concubinas o concubinarios y dependientes económicos directos” al igual que “podrá solicitar a las autoridades competentes… la información en materia fiscal, o la relacionada con operaciones de depósito, ahorro, administración o inversión de recursos monetarios, cuando de su declaración patrimonial y de intereses o de la revisión de la información en materia de fiscalización que proporcione, se adviertan movimientos inusuales o elementos que no justifiquen la procedencia lícita de los bienes o recursos reportados”.

Como podemos ver, habrá un estricto control de fiscalización en el uso del dinero para las campañas de la elección de integrantes del Poder Judicial, dejando un margen de maniobra limitado para la exposición de los perfiles que competirán. Si bien pudieran parecer amplias las facultades de fiscalización, todavía hay que agregar que “el Consejo General no estará limitado por los secretos bancario, fiduciario y fiscal. La Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto será el conducto para superar la limitación referida, incluso en el caso de que el Instituto delegue esta función”.  Si algo queda claro, es que con todas estas reglas, se puede pensar que habrá un uso limitado de recursos en la elección del Poder Judicial, lo cual abre debate ¿Esto es positivo o negativo para el proceso? ¿Es justo y equitativo o lo limita y vuelve ineficiente? Al tiempo lo sabremos. 

También te puede interesar