El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el proyecto contra la reforma judicial se desestime y no se estudie de fondo. Al determinar que la mayoría calificada es de ocho votos, y no seis, la SCJN no alcanza los votos necesarios y desecha el proyecto que buscaba declarar parcialmente inválida la reforma judicial. Con esto, la reforma queda firme tal cual se aprobó y publicó en el Diario Oficial de la Federación.
Momentos antes el Pleno votó a favor de la procedencia de las acciones de inconstitucionalidad presentadas por varios partidos políticos contra la reforma judicial, con 7 votos a favor y 4 en contra. Sin embargo, la discusión se mantenía, ya que los ministros estudiaban si el proyecto de sentencia, elaborado por el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, requería de una mayoría de ocho o seis votos para ser aprobado.
El proyecto en cuestión buscaba invalidar parcialmente la reforma judicial, pero no logró pasar ya que contó con la oposición de cuatro ministras y ministros, entre ellos Lenia Batres Guadarrama, Yasmín Esquivel Mossa y Loretta Ortíz Ahlf, todas propuestas por el presidente Andrés Manuel López Obrador, y de manera inesperada se sumó el voto en contra del ministro Alberto Pérez Dayán.
El ministro Pérez Dayán argumentó que la reforma judicial no puede considerarse una «ley electoral federal», por lo que no corresponde a la SCJN invalidarla. En su intervención, Pérez Dayán señaló que aceptar el proyecto de Alcántara Carrancá sería una «insensatez» y un «acto irresponsable» que iría en contra del texto constitucional. Según su postura, la Corte no tiene la facultad para conocer una acción de inconstitucionalidad sobre la reforma judicial en estos términos.
