SCJN ratifica sentencia contra Luis de Llano por caso Sasha Sokol

Productor deberá reparar daño moral y abstenerse de hablar de la cantante tras relación iniciada cuando ella tenía 14 años

Redacción
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La Primera Sala de la SCJN negó este miércoles el amparo solicitado por el productor Luis de Llano, confirmando la sentencia civil que lo obliga a reparar el daño moral causado a Sasha Sokol, con quien sostuvo una relación cuando ella era menor de edad. Por unanimidad, los ministros respaldaron el fallo que incluye disculpa pública, curso sobre prevención de abuso sexual y prohibición de referirse al caso. La decisión marca un precedente legal al establecer que no hay plazo de prescripción para demandas civiles por abuso a menores cuando no se accionó penalmente.

Detalles del fallo y sus implicaciones

El proyecto del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo fue avalado sin objeciones, confirmando la resolución del Tribunal Superior de Justicia de la CDMX. La sentencia civil contra De Llano se mantiene intacta:

  • Reparación económica del daño moral (el monto exacto no se especificó).
  • Disculpa pública mediante publicación en medios.
  • Curso obligatorio sobre prevención de conductas sexuales abusivas.
  • Prohibición expresa de hablar sobre Sokol o el caso.
CIUDAD DE MÉXICO, 25JUNIO2025.- Por unanimidad la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazaron otorgarle un amparo al productor Luis de Llano Macedo, en el caso donde se la acusa de haber cometido abuso sexual cometido en perjuicio de la actriz y cantante Sasha Sokol, cuando ella era menor de edad.. El proyecto presentado por el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo ratifica la condena impuesta a De Llano Maceo que lo obliga a pagar una indemnización y una disculpa pública,

Sasha anunció que donará la indemnización a ADIVAC, organización contra el abuso infantil.

Antecedentes del caso

La controversia estalló en 2022, cuando Sokol reveló públicamente que De Llano (entonces de 39 años) inició una relación con ella a los 14, durante su participación en el grupo Timbiriche. El productor admitió el vínculo pero lo calificó como «consensuado», argumentando que los padres de Sokol lo sabían.

La SCJN atrajo el caso en octubre de 2024 al considerar su relevancia constitucional, particularmente en la interpretación de plazos para demandas civiles por abuso a menores.

Argumentos rechazados por la corte

De Llano alegó vulneración a su seguridad jurídica, acusando al tribunal capitalino de modificar la sentencia inicial para favorecer una agenda de «protección a mujeres». También insistió en que:

  • Los padres de Sasha no denunciaron en su momento.
  • La cantante pudo accionar legalmente al mayoría de edad (18 años) pero no lo hizo.

La Corte desestimó estos argumentos, subrayando que el daño moral persiste independientemente del tiempo transcurrido.

Impacto legal y social

El fallo sienta un precedente histórico al:

  1. Eliminar plazos para demandas civiles por abuso infantil no judicializado.
  2. Reforzar el marco de protección a víctimas de violencia sexual.
  3. Visibilizar casos de abuso en entornos artísticos y mediáticos.

Organizaciones feministas celebraron la decisión, mientras sectores críticos cuestionan posibles efectos en prescripción de delitos.

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