El Artículo Tercero de la Constitución Política de la Ciudad de México ha sido reformado para alinear el concepto de propiedad privada con el Artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Este ajuste, anunciado el lunes por el jefe de Gobierno de la Ciudad de México, Martí Batres, busca prevenir interpretaciones erróneas del concepto de «respeto a la propiedad privada» que podrían favorecer a los grupos económicos más poderosos, en detrimento del interés público.
En su presentación, Batres destacó que la modificación era necesaria para evitar que futuras interpretaciones judiciales pudieran usar disposiciones locales para desestimar el Artículo 27 de la Constitución Federal. Según Batres, este riesgo existía debido a la falta de claridad en el texto previo del Artículo 3 de la Constitución capitalina, que solo mencionaba “el respeto a la propiedad privada” sin especificar su alineación con la legislación federal.
La reforma, que fue publicada en la Gaceta Oficial y entra en vigor este martes, modifica el inciso «a» del Artículo 3 de la Constitución de la Ciudad de México. El nuevo texto aclara que el respeto a la propiedad se realizará «en los mismos términos del Artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos», lo que proporciona una referencia más clara y congruente con la normativa nacional.
Batres también comentó sobre la observación de Pablo Gómez Álvarez, quien había criticado la falta de coherencia en la Constitución local en un estudio publicado en la revista Memoria. Gómez Álvarez había señalado la contradicción y los riesgos asociados con la falta de precisión en el tratamiento de la propiedad privada, lo que llevó a una revisión y eventual reforma del precepto.
El Artículo 27 de la Constitución Federal establece que la propiedad de tierras y aguas dentro del territorio nacional corresponde originariamente a la Nación. Esta disposición otorga al Gobierno el derecho de transmitir el dominio a particulares y también permite la expropiación por causa de utilidad pública, siempre con indemnización, lo cual ahora será reflejado más explícitamente en la Constitución local.
