La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió un amparo al exconsejero presidente del Instituto Nacional Electoral (INE), Lorenzo Córdova Vianello, para que su nombre e imagen sean eliminados de los libros de texto gratuitos de la Secretaría de Educación Pública (SEP). Esto tras considerar que la SEP vulneró su derecho al honor al presentarlo como un ejemplo de discriminación en el libro de sexto de primaria “Proyectos Comunitarios”.
El fallo se dio en la última sesión de la Segunda Sala de la SCJN antes de su desaparición, con un voto de desempate emitido por el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo.
¿Qué decía el libro?
El libro en cuestión, editado en 2023, señala lo siguiente en su página 246:
“2015: En México, el presidente del Instituto Nacional Electoral (INE), Lorenzo Córdova Vianello, se mofa de los representantes de las naciones originarias”, haciendo referencia a una llamada privada filtrada en mayo de 2015 en la que se escucha a Córdova imitar la manera de hablar de un líder indígena.
La SEP incluyó su imagen y nombre como parte de una sección sobre discriminación, sin incluir el contexto completo ni su disculpa pública.
¿Cuál fue el contexto de la llamada?
La llamada fue una conversación privada entre Córdova y el entonces secretario ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo. En ella, el exconsejero se refirió, de manera burlesca, a la manera de hablar de líderes indígenas, como Hipólito Arriaga Pote o Mauricio Mata Soria, con quienes había tenido reuniones formales.
El contenido de la llamada generó indignación, especialmente por tratarse de un alto funcionario electoral, pero Córdova ofreció una disculpa pública poco después del incidente.
¿Qué argumentó la Corte?
El proyecto fue elaborado por el ministro Javier Laynez Potisek, quien argumentó que el señalamiento en el libro constituye una “descalificación personal” que afecta la imagen de Lorenzo Córdova. Además, señaló que los hechos no deben ser usados para invalidar su trayectoria profesional y académica, y que la SEP no ofreció el contexto completo.
Dos ministros votaron a favor del proyecto, dos en contra (Yasmín Esquivel y Lenia Batres), y el voto decisivo fue el del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, resolviendo así el empate.
¿Qué implica el amparo?
El fallo obliga a la SEP a eliminar tanto el nombre como la imagen de Córdova de los libros de texto mencionados. Además, la resolución deja claro que no puede modificarse la percepción pública de una persona desde una narrativa oficial parcial y sin consentimiento.
El fallo también establece un precedente para casos futuros sobre el uso de nombres, imágenes y hechos en materiales educativos, en particular cuando no se incluyen disculpas o explicaciones ofrecidas por los señalados.
¿Qué sigue para la SEP?
Aunque la SCJN no estableció plazos exactos, la SEP está obligada a modificar los contenidos del libro y evitar futuras vulneraciones al derecho al honor de las personas mencionadas. También se sugiere revisar los protocolos editoriales para incluir siempre el contexto y obtener el consentimiento necesario, sobre todo cuando se trata de casos polémicos.
Este caso reabre el debate sobre los límites entre educación, memoria histórica y derechos individuales en la elaboración de contenidos oficiales.
💬 Déjanos tu comentario, comparte esta noticia con tus vecinos y mantente informado en Orus Media
