Un tribunal colegiado resolvió a favor de la ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Lenia Batres Guadarrama, en la disputa legal contra el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) por el registro de la marca “Ministra del Pueblo”. Con esta decisión, se anuló la negativa previa de la autoridad administrativa y se mantiene el trámite del registro.
La resolución fue emitida por el Décimo Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito. El caso se deriva de un recurso interpuesto por el IMPI que fue declarado improcedente.
Tribunal confirma resolución a favor de Lenia Batres
El fallo judicial desechó el recurso de revisión fiscal presentado por el IMPI, al considerar que no cumplía con los requisitos de importancia y trascendencia que exige la ley.
El caso se originó luego de que el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial negara el registro de la marca “Ministra del Pueblo”. Esta decisión fue impugnada por la ministra ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
Posteriormente, la Sala Especializada en Materia de Propiedad Intelectual del TFJA determinó que la negativa del IMPI fue “ilegal”, “incongruente” e “incompleta”.
Con esta nueva resolución, el criterio del TFJA quedó firme y se mantiene el proceso de registro.
IMPI pierde recurso de revisión
El tribunal colegiado concluyó que el IMPI no justificó la relevancia del caso para que fuera revisado.
Esto cerró la posibilidad de revertir la sentencia previa.
El organismo de propiedad industrial deberá acatar la resolución emitida por el órgano judicial.
Disputa por la marca “Ministra del Pueblo”
La ministra Lenia Batres Guadarrama explicó que solicitó el registro de la marca con el objetivo de proteger el uso del término con el que se identifica públicamente.
De acuerdo con su postura, el registro buscaba fines educativos, formativos y culturales.
Sin embargo, el IMPI negó inicialmente la solicitud, lo que llevó a un juicio contencioso administrativo.
Argumentos de la ministra
Batres calificó la negativa como una decisión arbitraria y sin sustento.
También señaló que la autoridad no actuó con congruencia ni exhaustividad en el análisis del caso.
Tras la resolución judicial, celebró que el tribunal le dio la razón en la controversia.
Qué significa la resolución del tribunal
El fallo no concluye aún formalmente el registro de la marca, pero sí elimina el principal obstáculo legal.
El expediente aún aparece en el sistema del IMPI como “en trámite”.
Esto significa que el proceso administrativo continúa, pero bajo un nuevo criterio judicial.
El caso podría generar precedente en el uso de expresiones asociadas a figuras públicas dentro del registro de marcas en México.
La resolución del tribunal representa un avance para Lenia Batres en su intento por registrar la marca “Ministra del Pueblo”. El caso sigue en proceso administrativo, pero el IMPI deberá ajustar su actuación a lo determinado por la autoridad judicial.
El tema abre el debate sobre los límites del registro de marcas relacionadas con cargos públicos y figuras institucionales en México.
Déjanos tu comentario, comparte esta noticia con tus vecinos y mantente informado en Orus Media. Orus Media
