La Corte Internacional de Justicia (CIJ), la más alta instancia judicial de Naciones Unidas, rechazó las medidas provisorias, solicitadas por México contra Ecuador, por la invasión a su embajada en Quito en el mes de abril.
«La Corte considera en forma unánime que las circunstancias, tal como se presentan ahora ante la Corte, no son tales que requieran el ejercicio de su facultad (…) de indicar medidas» provisorias, leyó el presidente del tribunal, el juez Nawaf Salam.
El Tribunal dijo que su fallo se basa especialmente en las garantías dadas por Ecuador, tanto por escrito como durante las audiencias públicas, para concluir que la indicación de medidas provisionales no es necesaria, considerando que «dichas garantías son vinculantes y crean obligaciones legales para Ecuador».
Esto quiere decir, que no existe una urgencia o riesgo real e inminente de «perjuicio irreparable a los derechos reclamados por México», por tanto la medida no es necesaria.
Las medidas «preventivas» que méxico solicitó ante el órgano de Naciones Unidas fueron: la protección del recinto diplomático mexicano y los archivos confidenciales que allí se encuentran; que el Ecuador permita al gobierno de México desalojar sus instalaciones diplomáticas y las residencias privadas de sus diplomáticos; que Ecuador se abstenga de llevar a cabo cualquier acción que pueda perjudicar los derechos de México respecto de cualquier decisión que la Corte pueda dictar sobre el fondo, y que se abstenga de realizar cualquier acto o conducta que pueda agravar o ampliar la controversia de la que conoce la Corte.
El 11 de abril México demandó a Ecuador ante La Haya afirmando que violó la convención que protege la integridad de las embajadas y de su personal, al entrar sin autorización y de forma violenta a las instalaciones diplomáticas. Por ello, pide a la CIJ que determine que Ecuador violó la Convención de Viena, y que se le suspenda de la ONU en tanto no emita una «disculpa pública» por lo ocurrido. Al mismo tiempo, llama a que este hecho siente un precedente y se determine que los países que violen las normas sobre las legaciones diplomáticas sean expulsados de la ONU.
La CIJ subrayó en su auto «la importancia fundamental de los principios consagrados en la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas». A este respecto, afirmó, como ha señalado anteriormente, que «no hay requisito previo más fundamental para el desarrollo de las relaciones entre los Estados que la inviolabilidad de los enviados diplomáticos y las embajadas, de modo que a lo largo de la historia las naciones de todos los credos y culturas han observado obligaciones recíprocas a tal efecto».
